Condiciones generales
Contrataciones entre el 01/02/2012 y el 31/03/2012
Vodafone ADSL Máxima Velocidad 24,90€/mes (29,38€ IVA inc.); Vodafone ADSL 19,9€/mes (23,48 IVA inc.); Vodafone ADSL en Cobertura Indirecta 24,9€/mes (29,38€ IVA inc.). Incluyen: Tarifa plana de 3.000 minutos/mes a fijos nacionales y 350 minutos/mes a móviles nacionales fines de semana y festivos nacionales, de 0:00h del sábado a 23:59h del domingo y de 0:00h a 23:59h del día festivo nacional, con con tarifa ‘XS Fines de Semana Gratis'. Ambos establecimiento llamada incluido. Internet Móvil (módem USB): Tarifa tras activación del ADSL y una vez consumidos los 3 días gratuitos al mes: 2 €/día (2,36€ IVA inc) entre 00:00 h y las 23:59 h. Velocidad máxima de hasta 7,2Mbps para consumos inferiores a 1GB/mes, a partir del cual bajará a 128Kbps. No permite el uso de voz sobre IP. En caso P2P la velocidad se verá reducida. Tarifa no válida para acceder a Internet con un teléfono móvil. Tarifa sujeta a las condiciones de uso de Internet Contigo (Modem USB). No incluyen Roaming ni SMS.
Cuota de línea 15€/mes (17,7€ IVA inc.). Compromiso permanencia 18 meses
Coste de instalación de nueva línea 39€ (46,02€ IVA inc.), sólo en el caso de clientes sin línea de teléfono fijo o sin portabilidad de fijo.
Promoción para clientes con móvil Vodafone:
Vodafone ADSL Máxima Velocidad o Vodafone ADSL en Cobertura Indirecta: 14,9€/mes (17,58€ IVA inc.) para siempre, al contratar una Tarifa para el móvil a partir de 20€ (23,6€ IVA inc.) (tarifas ordenadas por tallas, excepto XS) y contratar Vodafone ADSL Máxima Velocidad o Vodafone ADSL en Cobertura Indirecta. A disfrutar mientras se mantenga la Tarifa para el móvil y el ADSL. Ambos productos deben contratarse en la misma cuenta.
Promoción para clientes sin móvil Vodafone:
Vodafone ADSL Máxima Velocidad: 14,9€/mes (17,58€ IVA inc.), durante 9 meses, a contar desde la fecha de activación del servicio de ADSL. Válida para clientes en cobertura de acceso directo.
Tarifas y promociones válidas para clientes particulares. Para contrataciones entre el 01/02/2011 y el 31/03/2012. Tarifas válidas para Península y Baleares. Consulta impuestos aplicables a Canarias, Ceuta y Melilla en www.vodafone.es.
Promoción Internet Contigo para clientes de Vodafone ADSL:
Promoción válida hasta el 31/03/2012 para clientes
particulares de ADSL. 50% descuento cuota en tarifas Internet Contigo 15 (7,5€/mes, 8,85€/mes IVA inc), Internet
Contigo 1G (9,5€/mes, 11,21€/mes IVA inc), Internet Contigo Express (16€/mes, 18,88€/mes IVA inc) e Internet
Contigo Ilimitado (19,5€/mes, 23,01€/mes IVA inc). Estas tarifas no son válidas para acceder a Internet
en un teléfono móvil. Tarifas sujetas a las condiciones de uso del servicio Internet Contigo (Modem USB). No
incluyen Roaming ni SMS. Precios válidos para Península y Baleares. Otros impuestos aplicables: IPSI Ceuta
8%, IPSI Melilla 4%, IGIC Canarias 0%.
1. Objeto.-VODAFONE ESPAÑA S.A.U. (en adelante, Vodafone) con domicilio social en Avda de Europa nº 1, 28108 Alcobendas (Madrid) se compromete a prestar al cliente, por medio de estas Condiciones Particulares, un servicio de acceso a Internet de banda ancha, un servicio de llamadas de voz y un servicio de acceso a Internet de banda ancha con movilidad, (en adelante, los Servicios o el Servicio y de forma individual, el servicio de llamadas y el servicio de acceso a Internet, banda ancha o en movilidad), a través de los equipos y terminales de Vodafone detallados en las presentes Condiciones Particulares.
Para la prestación de los Servicios por parte de Vodafone, es necesario que el cliente haya suscrito las Condiciones Generales de Telecomunicaciones Móviles de Vodafone España, S.A.U. del que estas Condiciones Particulares constituyen un anexo, y que serán de aplicación en defecto de lo dispuesto en las presentes Condiciones.
Los servicios de telefonía móvil asociados a los Servicios objeto de estas Condiciones Particulares se regularán por las Condiciones Generales de Telecomunicaciones Móviles de Vodafone España, S.A. U.
Vodafone comenzará a prestar los servicios en un plazo máximo de 160 días naturales desde la recepción de las presentes Condiciones Particulares debidamente firmadas por el cliente, excepto en caso de desagregación de bucle, que se prestará en un plazo máximo de 90 días naturales.
La activación de los Servicios tendrá lugar el mismo día en que Vodafone reciba la confirmación de la finalización de las actuaciones necesarias para la prestación de los Servicios, tales como la desagregación del bucle de abonado y /o portabilidad, en su caso.
2. Servicio de llamadas.-El cliente podrá contratar el servicio de llamadas en las condiciones que se reflejan en el anverso de estas Condiciones Particulares.
El servicio de llamadas permite que el cliente reciba en su terminal móvil, además de todas las llamadas destinadas a la numeración móvil, las llamadas destinadas a la numeración geográfica asociada a su terminal móvil.
En el caso de que el cliente no disponga de numeración geográfica o desee asociar una nueva numeración geográfica a su terminal móvil, Vodafone le asignará una. Si el cliente desea mantener una numeración geográfica de la que ya sea titular, solicitará la portabilidad de la misma a Vodafone, que procederá a tramitarla. A tal efecto, el cliente se dará de baja en el operador que hasta el momento le haya prestado el servicio telefónico fijo, y simultáneamente se dará de alta en Vodafone. En cualquier caso, para la contratación de este servicio, el cliente deberá portar a Vodafone una numeración geográfica o solicitar una nueva numeración con el fin de que se asocie a su terminal móvil, sin perjuicio de que el cliente desee, en su caso, mantener otra numeración geográfica con otro operador.
La asociación de numeración geográfica supone una vinculación entre la numeración geográfica del cliente y el domicilio facilitado a Vodafone en las presentes Condiciones Particulares para la activación del mismo. Este servicio no ofrece la posibilidad de presentar la numeración geográfica asociada al terminal móvil, teniendo origen todas las llamadas del cliente en su numeración móvil.
En todo caso, para el disfrute de este servicio, el cliente autoriza a Vodafone y a las empresas del Grupo Vodafone a realizar cuantas actuaciones en la red resulten necesarias para garantizar la recepción de las llamadas destinadas a numeración geográfica, en su terminal móvil.
El cliente autoriza a Vodafone y a las empresas del Grupo Vodafone para que, en su nombre y representación, realice cuantas actuaciones sean necesarias, incluyendo la modificación de aquellos datos quehayan sido facilitados de forma defectuosa o incompleta en reverso de las presentes Condiciones Particulares, para la correcta cumplimentación, en su caso, de la portabilidad de numeración geográfica solicitada por el cliente. La presente autorización podrá ser revocada en cualquier momento por el cliente mediante comunicación fehaciente a Vodafone.
Desde la firma de las presentes Condiciones Particulares, las actuaciones que Vodafone o las empresas del Grupo Vodafone deban realizar, en nombre y representación del cliente, para llevar a cabo la portabilidad del número geográfico solicitado por el cliente, serán íntegramente válidas y asumidas por el cliente, como si hubiesen sido realizadas directamente por el mismo.
En caso de que el cliente solicite la portabilidad de su numeración geográfica a Vodafone, autoriza la posible interrupción o limitación en la prestación del servicio durante el tiempo mínimo indispensable para realizar los trabajos de cambio de operador, que en ningún caso podrá ser superior a seis horas.
A estos efectos se entiende por domicilio válido el que conste en las presentes Condiciones Particulares. En caso de que exista alguna diferencia entre dicho domicilio y el facilitado por el cliente cuando suscribió las Condiciones Generales de Servicios de Telecomunicaciones Móviles de Vodafone España, S.A.U, o por otra vía, el cliente consiente a Vodafone a que actualice en sus sistemas el dato de domicilio de conformidad con lo dispuesto en el presente documento.
3. Servicio de acceso a Internet banda ancha.-El cliente y los titulares de las líneas declaran que han sido informados de manera detallada de las características del servicio de de acceso a Internet, banda ancha y solicitan, en su caso, que su par sea accedido por Vodafone en la modalidad de acceso completamente desagregado para la prestación del Servicio.
Asimismo declaran que han sido informados de las características de prestación de los servicios de telecomunicaciones y que ello supone la baja automática de todos los servicios contratados por el abonado con su operador de acceso en relación con dicho bucle, incluyendo, en su caso, los servicios Centrex, red privada virtual, grupo de salto, línea de enlace y cualquier otro servicio que implique asociación con el bucle.
El cliente y los titulares de las líneas autorizan a Vodafone y a las empresas del Grupo Vodafone, a que realice en su nombre cuantas gestiones sean necesarias para acceder a sus pares y hacer efectiva la prestación del Servicio.
Vodafone iniciará el procedimiento de desagregación, en su caso, de la línea indicada por el cliente siempre que haya una garantía de poder ofrecer sobre ésta un buen servicio. De no existir ésta, Vodafone instalará o solicitará un nuevo par en el domicilio del cliente. A estos efectos el cliente autoriza expresamente a Vodafone a dar de alta una nueva línea, a nombre de ésta, en su domicilio.
Una vez que sea posible prestar el servicio sobre la línea, Vodafone portará, en su caso, la numeración del cliente de acuerdo con la solicitud de portabilidad que el cliente ha firmado en estas Condiciones Particulares.
En la prestación de este servicio, se garantiza una velocidad del veinticinco por ciento (25%) de la velocidad de sincronismo que permita la línea.
Vodafone manifiesta que, la prestación del Servicio puede implicar incompatibilidades entre el Servicio contratado y los servicios basados en módems o alarmas, centralitas, líneas de ascensor y servicios de tele-asistencia, y en general, sobre cualquier servicio prestado sobre línea telefónica tradicional.
4. Tarifas.-El cliente es informado de las tarifas de los Servicios en el momento de la firma de las presentes condiciones particulares, y acepta las mismas.
5. Condiciones de acceso y uso de los Servicios. Se prohíbe el uso de los Servicios de forma contraria a la buena fe y en particular, a modo enunciativo no limitativo: - La utilización que resulte contraria a las leyes españolas o que infrinja los derechos de terceros.
? La publicación o transmisión de cualquier contenido que a juicio de Vodafone resulte violento, obsceno, abusivo, ilegal, racial, xenófobo o difamatorio.
? Los cracks, números de series de programas o cualquier otro contenido que vulnere los derechos de propiedad intelectual de terceros.
La recogida y/o utilización de datos personales de otros usuarios sin su consentimiento expreso, o contraviniendo en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal.
? La utilización de los Servicios con fines de envío de comunicaciones comerciales no solicitadas así como el envío de grandes mensajes con el fin de bloquear servidores ajenos.
Sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones, el cliente no podrá utilizar el Servicio para prestar servicios de telemarketing, (teleconcertación, prospección telefónica y televenta), cibercafés, reventa a terceros, envío masivo de faxes u otros similares, ni podrá realizar conexiones a través de routers o cualquier otro soporte físico complementario que mediante software o hardware permita el redireccionamiento o levantamiento de la línea de conexión.
6. Acceso al inmueble.-El cliente permitirá, cuando sea necesario, para la correcta prestación del Servicio, que las personas que designe Vodafone accedan al inmueble del cliente.
7. Compensaciones para el cliente en caso de interrupción en el servicio de acceso a Internet banda ancha.-Las compensaciones en caso de interrupción del servicio de acceso a Internet banda ancha se regularán de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Generales de los Servicios de Telecomunicaciones Móviles, en su Condición General tercera.
8. Calidad en el servicio de acceso a Internet banda ancha.-Vodafone se compromete a ofrecer un nivel de calidad en el Servicio respecto al tiempo máximo de interrupción del mismo a lo largo de cada periodo de facturación, no superior a cuarenta y ocho (48) horas.
A estos efectos, el tiempo de interrupción del Servicio se define como la suma de tiempos transcurridos desde el instante en que se ha producido la indisponibilidad del Servicio, una vez éste haya sido activado, hasta el momento en que se ha restablecido a su normal funcionamiento. El instante de inicio de la cuenta será el primero de los dos sucesos siguientes: (i) el de notificación por el abonado del aviso de avería, o (ii) el de registro por el operador de la incidencia causante de la interrupción total o parcial del Servicio.
En el caso de que Vodafone no cumpla con el nivel de Servicio indicado en la presente Condición Particular en un periodo de facturación considerado, el cliente podrá solicitar, telefónicamente a través del Servicio de Atención al Cliente y dentro del plazo de siete (7) días a contar desde la resolución de la incidencia, en concepto de indemnización, un importe equivalente al diez por ciento (10%) de la cuota mensual. Dicha indemnización se acumulará a la establecida en la Condición Particular anterior y se abonará en la siguiente factura.
Vodafone, en cualquier caso, se compromete a prestar los Servicios contratados conforme a los compromisos de calidad exigidos por la normativa vigente que le sea de aplicación.
9. Equipos y terminales.-Para la adecuada prestación del Servicio, el cliente recibirá los equipos y terminales de uso exclusivo Vodafone, que se detallan en el anverso, a precio especial, con una subvención por parte de Vodafone en el precio de los mismos.
Por esta razón, el cliente se obliga a permanecer dado de alta en el servicio objeto de estas Condiciones Particulares durante el periodo establecido en el anverso, a contar desde la fecha de la firma de las presentes Condiciones Particulares. En caso de que el cliente solicitara la baja en este Servicio antes del transcurso de dicho plazo, el cliente deberá satisfacer a Vodafone una cantidad que podrá ser de hasta un máximo de cincuenta (50) euros en concepto de compensación por la subvención que Vodafone realiza para facilitar la adquisición de los equipos y terminales del Servicio de acceso a Internet, sin perjuicio de su obligación de abonar a Vodafone las penalizaciones por incumplimiento de los contratos de permanencia relativos a los Servicios de llamadas de voz y acceso a Internet en movilidad, regulados en las Condiciones Generales de Telecomunicaciones Móviles de Vodafone España que el cliente ha suscrito, así como las cantidades devengadas por el uso del servicio de telecomunicaciones móviles Vodafone que, en su caso, no hubieran sido pagadas en el momento de la baja del servicio.
El cliente autoriza a Vodafone a pasar al cobro a la cuenta bancaria corriente en la que el cliente tiene domiciliado el pago del servicio de telecomunicaciones móviles Vodafone, la cantidad que, en concepto de compensación, pueda verse, en su caso, obligado a pagar a Vodafone. Asimismo, el cliente autoriza a Vodafone a pasar al cobro el resto de las cantidades referidas en el presente contrato, si éste es el medio de pago de su elección.
En el caso de que Vodafone no pueda prestar el servicio por causas técnicas ajenas a la propia Vodafone, el cliente deberá proceder a la devolución de los equipos y terminales entregados por Vodafone en un plazo de quince días desde la comunicación por parte de Vodafone al cliente de la imposibilidad de prestación del servicio. La devolución de los equipos y terminales se llevará a cabo por el cliente de la misma forma en que se produjo la entrega inicial de los mismos. En caso de que el cliente no proceda a la devolución de los equipos y terminales en el plazo señalado, deberá abonar a Vodafone la cantidad de cincuenta (50) euros correspondiente a los equipos y terminales del Servicio de acceso a Internet, sin perjuicio de las cantidades que el cliente deba abonar a Vodafone por los equipos y terminales correspondientes a los Servicios de llamadas de voz y acceso a Internet en movilidad, según se establece en las Condiciones Generales de Telecomunicaciones Móviles de Vodafone España, S.A.U que el cliente ha suscrito. Dichas cantidades serán cobradas por Vodafone al cliente en la misma forma indicada en el párrafo anterior.
En caso de que durante la vigencia del plazo de permanencia señalado en esta Condición Particular, el cliente solicite un cambio de domicilio a un área geográfica donde Vodafone no pueda prestar el servicio por causas de índole técnica, el cliente deberá proceder a la devolución de los equipos según lo dispuesto en el párrafo anterior. En caso de que no proceda a la devolución de los mismos, deberá abonar a Vodafone la cantidad proporcional al plazo de permanencia transcurrido, todo ello en la forma y condiciones reflejadas en esta Condiciones Particulares.
En caso de que el cliente decida continuar disfrutando del servicio de llamadas y/o del servicio de acceso a Internet con banda ancha en movilidad, vendrá únicamente obligado a devolver los equipos y terminales asociados al servicio de acceso a Internet con banda ancha. Para la continuidad en los Servicios referidos, deberá suscribir unas nuevas Condiciones Particulares.
Las características técnicas de los equipos que Vodafone entrega para ofrecer el servicio al cliente pueden ser susceptibles de cambios. Vodafone informará al cliente de los posibles cambios a través de su página web (www.vodafone.es) y a través de su Servicio de Atención al Cliente.
En caso de que Vodafone haga entrega de algún equipo o terminal auto instalable, el cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas por Vodafone. Vodafone no ofrece ninguna garantía, ni explícita ni implícita, sobre los software de ayuda a la instalación facilitados ni se responsabiliza de los daños o alteraciones que, con motivo de su ejecución, pudieran ocasionarse en el sistema informático del cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en su sistema informático.
10. Protección de datos.-Los datos del presente contrato formarán parte de un fichero titularidad de Vodafone y será tratado con las finalidades señaladas en las Condiciones Generales de los Servicios de Telecomunicaciones Móviles.
Los datos señalados con asterisco son de cumplimentación obligatoria para el cliente, en caso de no ser facilitados, Vodafone no podrá prestar al cliente los Servicios.
El cliente autoriza la cesión, y correspondiente tratamiento automatizado, de sus datos de carácter personal entre el operador donante y el operador receptor, a los exclusivos fines de gestión y mantenimiento de la portabilidad de numeración geográfica solicitada en este documento, y siempre condicionada a su efectiva viabilidad. El cliente podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición y, en su caso, cancelación en las direcciones de cada operador.
Condiciones Vodafone Internet TV
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